¿Cuándo aplica el Registro Sanitario?

n República Dominicana, los productos procesados y aditivos, de consumo humano, nacionales y extranjeros, para ser comercializados requieren de un permiso denominado registro sanitario, expedido por el Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección General de Medicamentos y Alimentos y Productos Sanitarios (en lo adelante “DIGEMAPS”).

El objetivo de la ley es cuidar la salud de la población, evitando que cualquier sustancia dañina sea comercializada para consumo humano.

A continuación, una lista de los procesos sometidos a registro sanitario:

a) La importación y la exportación, la evaluación y el registro, el control de la promoción y publicidad de alimentos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, cervezas, medicamentos, cosméticos, productos de higiene personal y del hogar, tabaco, plaguicidas, sustancias tóxicas que constituyan un riesgo para la salud y todas las materias que intervengan en su elaboración.

b) El uso, el mantenimiento, la importación, la exportación y la disposición final de equipos médicos, prótesis, ortesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación y productos higiénicos.

DIGEMAPS ofrece el servicio de una Ventanilla Única para el depósito de las solicitudes. A los fines de obtener un registro sanitario, se requiere anexar a la

solicitud diversos documentos y muestras, que permitan a la autoridad evaluar y probar el producto.

Para fines de exportación de productos dominicanos de consumo humano, el fabricante y comercializador deberá suministrar a las autoridades extranjeras un Certificado de Libre de Venta, el cual certifica que el producto exportado está autorizado en su uso, consumo y comercialización en la República Dominicana. El Certificado es expedido en línea por DIGEMAPS.