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Obligaciones profesionales y responsabilidades éticas del Consejo de Administración

Oct 30, 2018 | NEGOCIOS

Los miembros de un Consejo de Administración (los “consejeros”) tienen a su cargo obligaciones profesionales y responsabilidades éticas impuestas por la Ley General de Sociedades No. 479-08.

Obligaciones profesionales

Por la aplicación combinada de los artículos 26 y 28 de la Ley General de Sociedades, podemos afirmar que las obligaciones profesionales de los consejeros conllevan a que los mismos actúen con diligencia en la gestión de los negocios sociales.

Nos auxiliamos de los Principios Generales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para acercarnos al significado de “gestión de los negocios sociales” y comprobamos que implica, entre otras:

    • a) Definir la estrategia de la empresa e implementar los planes de acción.
    • b) Establecer objetivos de resultados.
    • c) Preparar los presupuestos y supervisarlos.
    • d) Controlar las partidas relevantes de desembolsos, inversiones/adquisiciones y desinversiones.
    • e) Seleccionar, fijar retribución y establecer controles de los principales directivos de la empresa, incluyendo el diseño de planes de sucesión para sus puestos.
    f) Garantizar la integridad de los sistemas de controles financieros y contables, auditorias independientes, sistemas de gestión de riesgos y fiel cumplimiento a la legislación fiscal y regulatoria vigente.

Por su parte, el actuar con diligencia, conlleva a los consejeros a ser proactivos en sus funciones, pues deben tomar las medidas necesarias para:

    • g) Asegurarse de la veracidad y calidad de las informaciones financieras y contables.
    • h) Informarse y preparar adecuadamente las reuniones.
    • i) Realizar cualquier encomiendas que, de manera razonable, les delegue el Consejo.
    • j) Procurar la adopción de medidas de control sobre cualquier situación de riesgo.
    k) Oponerse a los acuerdos cuya decisión no comparta o desde su óptica no se apeguen a los estatutos sociales o al interés social, y solicitar la constancia en Acta de su oposición. Actuar de buena fe, en busca del beneficio social.

Responsabilidades éticas

Los miembros de un Consejo de Administración (los “consejeros”) también tienen a su cargo responsabilidades éticas impuestas por la Ley General de Sociedades No. 479-08.

La intención de la Ley General de Sociedades fue establecer una guía mínima de acciones, tendentes a un comportamiento moral, correcto, transparente, que evidencie que el interés societario se encuentra por encima del interés personal.

La citada ley dispone que cada miembro del Consejo de Administración debe:

    • a) Actuar con lealtad de un buen hombre de negocios (art.28). Cabe resaltar que lealtad es sinónimo de fiel, lo que implica un compromiso de cumplir; y lealtad es antónimo de traición, por lo que implica una actitud dedicada aún ante la adversidad.
    • b) No participar por cuenta propia o de terceros, en actividades comerciales que impliquen una competencia con la sociedad; (art.29)
    • c) No hacer negocios con la sociedad de la cual son consejeros, sin la autorización expresa del órgano de gobierno correspondiente; (art.29)
    • d) Guardar discreción respecto de las informaciones que le son dadas y no sean comunicadas oficialmente por la sociedad; (art. 218)
    • e) Toda convención suscrita entre un consejero y la empresa debe estar aprobada por el Consejo de Administración. (art.222)
    • f) Si la convención excede el 15% del patrimonio de la empresa, debe aprobarlo la asamblea. (art.223)
    • g) No tomar parte en las deliberaciones ni votaciones sobre temas sobre los cuales tenga un interés; (art. 224)
    h) Tomar dinero prestado de la sociedad, usar en provecho personal los bienes o servicios de la empresa, aprovechar las oportunidades de negocio de las que tenga conocimiento debido a su cargo. (art. 227)

En adición, todo consejero debe ejercer sus funciones con los valores éticos universales, de los cuales citamos, a modo de ejemplo, los que consideramos más relevantes para el caso que nos ocupa:

    • i) Actuar con respeto hacia los demás consejeros. El ejercicio del respeto implica el saber apreciar, valorar y escuchar los distintos puntos de vista.
    • j) Actuar con libertad, es decir, con independencia. Evitar actitudes autoritarias o que pretendan comprometer la toma de decisiones.
    k) Actuar con honestidad. Desde el punto de vista moral y legal, las acciones honestas son el fundamento de la sostenibilidad porque generan credibilidad.

Por: Ana Judith Alma

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La difamación conforme a la legislación dominicana es un delito que se encuentra penalizado conforme los artículos 367 a 371 del Código Penal. La pena a imponer conforme a estos artículos va a depender de la persona a la que va dirigida (Jefe de Estado, Instituciones del Estado, Diputados o Representantes del Congreso, Particulares, etc.)
Si está siendo víctima de difamación, para perseguir la condena prevista en el Código Penal por este hecho, puede accionar en contra de la persona que le está difamando, por sí o a través de un apoderado especial, mediante una acusación directa ante el tribunal penal, para lo cual es importante que apodere un abogado.
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En el ámbito legal, el deslinde es el proceso que permite ubicar, determinar e individualizar una porción de terreno amparada en una 𝖢𝗈𝗇𝗌𝗍𝖺𝗇𝖼𝗂𝖺 𝖠𝗇𝗈𝗍𝖺𝖽𝖺 , un tipo de documento que, aunque garantiza la existencia del derecho de propiedad, no especifica ni la ubicación ni los límites exactos del inmueble.
📌Desde el año 2005, con la entrada en vigor de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se prohibió la emisión de nuevas 𝖢𝗈𝗇𝗌𝗍𝖺𝗇𝖼𝗂𝖺𝗌 𝖠𝗇𝗈𝗍𝖺𝖽𝖺𝗌. Para poder realizar cualquier actuación registral sobre esos inmuebles, es obligatorio someterlos a un proceso de deslinde.
✅Gracias a la Resolución 3642/2016, este proceso ya no requiere pasar por los tribunales, salvo que haya una objeción legal. Hoy en día, basta con la aprobación técnica de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales y su remisión al Registro de Títulos para la emisión del Certificado correspondiente.
El profesional encargado del proceso es un agrimensor acreditado , quien actúa como auxiliar de la justicia y cuyas actuaciones tienen fe pública frente a terceros.
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El protesto de un cheque es un procedimiento formal que se lleva a cabo cuando un cheque no puede ser pagado por el banco, ya sea por falta de fondos, cuenta cerrada o cualquier otra razón. Este proceso debe seguirse de manera meticulosa para asegurar su validez y cumplir con los requisitos legales.
📌Para que el protesto de un cheque sea legalmente válido, es esencial cumplir con varios requisitos específicos. En primer lugar, el cheque debe ser presentado para cobro dentro de los plazos legales establecidos, que varían dependiendo del lugar de emisión del cheque. Si no se cumple con este requisito, el beneficiario pierde el derecho a protestar el cheque. Además, el protesto debe ser realizado por un notario público o un oficial de protestos autorizado, y debe constar en un acta notarial que describa detalladamente el rechazo del cheque y las circunstancias que lo rodean.
💡Ahora bien, del otro lado, ¿para evitar el protesto de cheques?, es fundamental adoptar algunas prácticas preventivas. 🔹En primer lugar, los emisores de cheques deben asegurarse de mantener fondos suficientes en sus cuentas bancarias para cubrir todos los cheques emitidos. 🔹Llevar un control riguroso de los cheques emitidos y los saldos disponibles es crucial. 🔹Además, puede ser útil consultar con un asesor legal para entender las opciones disponibles y los pasos a seguir para mitigar los efectos negativos del protesto.
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