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	<title>FISCAL | OFAR Oficina de Abogados y Contadores en Republica Dominicana</title>
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	<title>FISCAL | OFAR Oficina de Abogados y Contadores en Republica Dominicana</title>
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		<title>Los programas de Cumplimiento o Compliance en el recién promulgado Código Penal</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Javier Santos]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Sep 2025 21:02:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Al deRecho]]></category>
		<category><![CDATA[FISCAL]]></category>
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					<description><![CDATA[El Código Penal de la Republica Dominicana contenido en la Ley  No. 74-25 establece que las personas jurídicas serán penalmente responsables de las infracciones cometidas por los actos u omisiones punibles de sus órganos, representantes o subordinados que hayan sido ocasionados en su representación, siempre que estos actos u omisiones sean al mismo tiempo consecuencia [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p class="p1">El Código Penal de la Republica Dominicana contenido en la Ley  No. 74-25 establece que las personas jurídicas serán penalmente responsables de las infracciones cometidas por los actos u omisiones punibles de sus órganos, representantes o subordinados que hayan sido ocasionados en su representación, siempre que estos actos u omisiones sean al mismo tiempo consecuencia del incumplimiento por parte de la persona jurídica de sus deberes de dirección, control o supervisión, respecto de sus órganos representantes o subordinados.</p>
<p class="p1">Para mitigar dicha exposición, la propia Ley No. 74-25 dispone que en las infracciones cometidas por las personas jurídicas, se considerara que los deberes de dirección, control y supervisión se han cumplidos y por tanto la persona jurídica no responde penalmente, cuando se configuren las siguientes circunstancias:</p>
<p class="p1">i)                    Que la persona jurídica demuestre objetivamente haber adoptado e implementado, programas de cumplimiento normativo y de conducción de negocios y que no obstante la existencia de estos, los mismos fueron evadidos con maniobras fraudulentas y siempre que la administración lo reporte a la autoridad competente;</p>
<p class="p1">ii)                   Las medidas contenidas en los programas de cumplimiento fueron violados por un subordinado empleando maniobras fraudulentas que impedían que la dirección de la empresa las detectara.</p>
<p class="p1">De ahí la importancia de que las empresas cuenten con programas de cumplimiento que contribuyan a garantizar que estas operen dentro del marco legal, ético y normativo aplicables e inculcar dentro de sus colaboradores una cultura de cumplimiento en todas sus actividades, que a su vez les permita prevenir y mitigar infracciones que podrían resultar en:</p>
<ul class="ul1">
<li class="li1">Multas y sanciones administrativas, penales o civiles;</li>
<li class="li1">Daños reputacionales</li>
<li class="li1">Clausura de operaciones y/o perdidas de licencias para operar</li>
</ul>
<p class="p1"><b>Lc. Ramón A. Franco Thomen</b></p>
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