Home 9 Al deRecho 9 PERSONA/FAMILIA 9 Los principios periodísticos declarados por la UNESCO

Los principios periodísticos declarados por la UNESCO

por | Abr 2, 2019 | PERSONA/FAMILIA

Las normas deontológicas para los periodistas estructuran sus principios éticos en el ejercicio de su profesión. En ellas están incluidos los derechos y los deberes inherentes a su trabajo cotidiano.

Para consolidar estas normas en el ámbito mundial, la UNESCO aprobó en su Conferencia General de 1983, los Principios Internacionales de Ética Profesional del Periodismo, es el primer documento que hace la declaración más importante sobre el Estatuto del periodista y cuáles son los derechos y los deberes a los que tienen que someterse.

Aunque estos principios de la Unesco no corresponde a una recomendación, ni una resolución, sirve para orientar, fundamentar e inspirar los códigos nacionales y regionales de ética.

Se estructura en 10 enunciados de distinta naturaleza que recorre los deberes, los valores a defender y sus derechos.

I. El derecho del pueblo a una información verídica: El pueblo y las personas tienen el derecho a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa, y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la comunicación.

II. Adhesión del periodista a la realidad objetiva: La tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica.

III. La responsabilidad social del periodista: El periodista es responsable no sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.

IV. La integridad profesional del periodista: El periodista tiene el derecho de abstenerse a trabajar en contra de sus convicciones, así como de revelar sus fuentes. De otro lado, el periodista no podrá recibir ningún tipo de remuneración ilícita ni podrá promover intereses personales que sean contrarios al bien común de la sociedad.

V. Acceso y participación del público: El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.

VI. Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre: El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional.

VII. Respeto del interés público: Las normas profesionales del periodista prescriben el respeto total de la comunidad nacional.

VIII. Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas: El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo.

IX. La eliminación de la guerra y otros grandes males que afectan a la humanidad está confrontada: Aparte de su labor meramente profesional, el periodista nunca debe hacer apología del terrorismo, a favor de la guerra o de una carrera armamentística. El periodista, a diferencia de otras profesiones, tiene un compromiso ético que cumplir, así como también la responsabilidad y la satisfacción de contribuir a la eliminación de la ignorancia y a promover la igualdad entre todos los pueblos e individuos sin distinción de raza, sexo, religión.

X. Promoción de un nuevo orden de información y de comunicación mundial. El periodista tiene el deber de promover el proceso de democratización de las relaciones internacionales en el campo de la información, fomentando relaciones pacíficas entre los estados y la gente.

El código deontológico del periodista y los Principios Internacionales de Ética de la UNESCO

El código deontológico periodístico es un documento que recopila los fundamentos que regulan el comportamiento del periodista para mejorar el tratamiento informativo y en él se incluye lo siguiente:

* El respeto a la verdad.

* Estar abierto a la investigación de los hechos.

* Perseguir la objetividad, aunque se sepa inaccesible.

* Contrastar los datos con cuantas fuentes periodísticas sean precisas.

* Diferenciar con claridad entre información y opinión.

* Enfrentar, cuando existan, las versiones sobre un hecho.

* Respeto a la presunción de inocencia.

* Rectificación de las informaciones erróneas.

Compartelo:

Facebook Posts

Comments Box SVG iconsUsed for the like, share, comment, and reaction icons
#NuestroEquipo 

Ana Judith Alma Iglesias, Abogada. 
Socia fundadora y gerente. Es la especialista en nuestra firma de temas transaccionales, bancarios, societarios, mercantiles, contractuales, inmobiliarios, fideicomisos, sucesiones, relaciones institucionales y gubernamentales.

Si quieres conocer mejor a nuestro equipo visita nuestra página web ofar.com.do

#SomosOfar #Ofar #AsesoresLegales #OficinaDeAbogados

#NuestroEquipo

Ana Judith Alma Iglesias, Abogada.
Socia fundadora y gerente. Es la especialista en nuestra firma de temas transaccionales, bancarios, societarios, mercantiles, contractuales, inmobiliarios, fideicomisos, sucesiones, relaciones institucionales y gubernamentales.

Si quieres conocer mejor a nuestro equipo visita nuestra página web ofar.com.do

#SomosOfar #Ofar #AsesoresLegales #OficinaDeAbogados
... Ver másVer menos

Se considera que hay 𝐦𝐞𝐧𝐬𝐮𝐫𝐚𝐬 𝐬𝐮𝐩𝐞𝐫𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐚𝐬 cuando la magnitud en el solapamiento entre los polígonos supera el grado de tolerancia que establece el Reglamento General de Mensuras Catastrales:
🔹️𝗘𝗻 𝗭𝗼𝗻𝗮 𝗥𝘂𝗿𝗮𝗹, si la magnitud del solapamiento entre los polígonos es superior a veinte (20cms).
🔹️𝗘𝗻 𝘇𝗼𝗻𝗮 𝗨𝗿𝗯𝗮𝗻𝗮, si la magnitud del solapamiento entre los polígonos es superior a diez (10cms).

Actualmente, para dotar de soluciones al tema de las superposiciones, nuestra Suprema Corte de Justicia, dictó la Resolución No. 3645-2016, que aprueba el Reglamento Sobre Soluciones de Mensuras Superpuestas.

El objeto del citado Reglamento, contenido en la Resolución 3645-2016, es establecer procedimientos técnicos, ágiles y seguros que permitan la solución de las mensuras superpuestas.

📌Si necesitas asesoría legal no dudes en contactarnos, somos #OFAR

#AsesoresLegales #Abogados #OficinadeAbogados #InmobiliarioImage attachment

Se considera que hay 𝐦𝐞𝐧𝐬𝐮𝐫𝐚𝐬 𝐬𝐮𝐩𝐞𝐫𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐚𝐬 cuando la magnitud en el solapamiento entre los polígonos supera el grado de tolerancia que establece el Reglamento General de Mensuras Catastrales:
🔹️𝗘𝗻 𝗭𝗼𝗻𝗮 𝗥𝘂𝗿𝗮𝗹, si la magnitud del solapamiento entre los polígonos es superior a veinte (20cms).
🔹️𝗘𝗻 𝘇𝗼𝗻𝗮 𝗨𝗿𝗯𝗮𝗻𝗮, si la magnitud del solapamiento entre los polígonos es superior a diez (10cms).

Actualmente, para dotar de soluciones al tema de las superposiciones, nuestra Suprema Corte de Justicia, dictó la Resolución No. 3645-2016, que aprueba el Reglamento Sobre Soluciones de Mensuras Superpuestas.

El objeto del citado Reglamento, contenido en la Resolución 3645-2016, es establecer procedimientos técnicos, ágiles y seguros que permitan la solución de las mensuras superpuestas.

📌Si necesitas asesoría legal no dudes en contactarnos, somos #OFAR

#AsesoresLegales #Abogados #OficinadeAbogados #Inmobiliario
... Ver másVer menos

1 semana
Ofar Abogados
#OfarTeExplica 

Mediante esta ley, se define la naturaleza jurídica de las naves marítimas, se establece el Registro Nacional de las Naves Marítimas, a cargo de la Armada de la República Dominicana, a la vez que se establecen disposiciones legales para regular:

🔹️La matriculación de las naves
🔹️ Los créditos y ejecuciones marítimos
🔹️Los embargos conservatorios y ejecutivos de las naves marítimas
🔹️ La responsabilidad civil de los armadores
🔹️ La gente de mar
🔹️ Los contratos de fletamento
🔹️ El transporte marítimo de mercancías
🔹️El transporte marítimo de pasajeros
🔹️La responsabilidad del transportista
🔹️ El transporte multimodal de mercancías
🔹️Las pérdidas
🔹️ El seguro de la carga
🔹️ Los hechos jurídicos de la navegación
🔹️ Los límites de la responsabilidad

📌Si necesitas asesoría legal no dudes en contactarnos, somos #OFAR

#ServiciosLegales #OficinadeAbogadosImage attachment

#OfarTeExplica

Mediante esta ley, se define la naturaleza jurídica de las naves marítimas, se establece el Registro Nacional de las Naves Marítimas, a cargo de la Armada de la República Dominicana, a la vez que se establecen disposiciones legales para regular:

🔹️La matriculación de las naves
🔹️ Los créditos y ejecuciones marítimos
🔹️Los embargos conservatorios y ejecutivos de las naves marítimas
🔹️ La responsabilidad civil de los armadores
🔹️ La gente de mar
🔹️ Los contratos de fletamento
🔹️ El transporte marítimo de mercancías
🔹️El transporte marítimo de pasajeros
🔹️La responsabilidad del transportista
🔹️ El transporte multimodal de mercancías
🔹️Las pérdidas
🔹️ El seguro de la carga
🔹️ Los hechos jurídicos de la navegación
🔹️ Los límites de la responsabilidad

📌Si necesitas asesoría legal no dudes en contactarnos, somos #Ofar

#ServiciosLegales #OficinadeAbogados
... Ver másVer menos

1 semana
Ofar Abogados
Con mucha alegría te presentamos nuestra nueva imagen 🤗🇩🇴

En OFAR nos enfocamos en ofrecer un mejor servicio cada día, es por eso me hemos mejorado 😊

#OFAR #ServiciosLegales #OficinaDeAbogados

Con mucha alegría te presentamos nuestra nueva imagen 🤗🇩🇴

En OFAR nos enfocamos en ofrecer un mejor servicio cada día, es por eso me hemos mejorado 😊

#OFAR #ServiciosLegales #OficinaDeAbogados
... Ver másVer menos

1 semana
Ofar Abogados
En OFAR estamos enfocados en vivir los valores 
y la promesa de servicio desde el interior de la organización a través de practicas institucionales que reforzamos de forma permanente.

#OFAR #ServiciosLegales #OficinaDeAbogados

En OFAR estamos enfocados en vivir los valores
y la promesa de servicio desde el interior de la organización a través de practicas institucionales que reforzamos de forma permanente.

#OFAR #ServiciosLegales #OficinaDeAbogados
... Ver másVer menos

Cargar más

OFAR Oficina de Abogados y Contadores en Republica Dominicana