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Las Autorizaciones Ambientales

por | Jun 3, 2019 | MEDIO AMBIENTE

Al momento de ejecutar un proyecto, ya sea pequeño o grande, que pueda tener el más mínimo impacto en el medio ambiente, se debe tomar en cuenta que la legislación vigente impone deberes y obligaciones que se deben tomar en cuenta. En este sentido, la normativa actual establece que el proyecto, obra o actividad, que por sus características pueda afectar, de algún modo, el medio ambiente y los recursos naturales, deberá obtener, previo a su ejecución, el permiso o licencia ambiental correspondiente, lo cual dependerá de la magnitud de los efectos que pueda causar1.

Estas autorizaciones serán emitidas exclusivamente por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, organismo encargado de elaborar, ejecutar y fiscalizar las normas sobre medio ambiente y recursos naturales, promoviendo la preservación, protección, restauración y uso sostenible.

Las licencias ambientales, clasificadas en la Categoría A, se emiten a favor de proyectos con impactos potenciales graves al medio ambiente, para lo cual se requiere un estudio de impacto ambiental. Por su parte, los permisos ambientales, clasificados en la Categoría B, se otorgan a proyectos con impactos ambientales moderados.

Para los casos en que el proyecto a ejecutar tenga un impacto leve al medio ambiente, se otorgarán las siguientes autorizaciones: constancia ambiental o Certificación de Impacto Mínimo (CRIM). En cuanto a la primera, clasificada en la Categoría C, se otorga a proyectos de bajo impacto ambiental que solo se requiere la garantía del ejecutor de que se cumplirá con la normativa ambiental vigente. Por su parte, la CRIM, clasificada en la Categoría D, se expide a favor de proyectos de mínimo impacto ambiental y requieren del cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.

La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales es quien establece los criterios para determinar qué tipo de autorización necesitará un proyecto. Una vez establecida y otorgada la autorización, se incluirá el programa de manejo y adecuación ambiental que deberá ejecutar el responsable de la obra, proyecto o actividad2.

¿Tienes algún proyecto en mente y necesitas consultar tus deberes y obligaciones ambientales? En OFAR te asesoramos en todo lo relativo a la legislación ambiental vigente, contáctanos para más información.

1 Artículo 40, Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2 Artículo 44, Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Por María José Dorsal

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Ana Judith Alma Iglesias, Abogada. 
Socia fundadora y gerente. Es la especialista en nuestra firma de temas transaccionales, bancarios, societarios, mercantiles, contractuales, inmobiliarios, fideicomisos, sucesiones, relaciones institucionales y gubernamentales.

Si quieres conocer mejor a nuestro equipo visita nuestra página web ofar.com.do

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Se considera que hay 𝐦𝐞𝐧𝐬𝐮𝐫𝐚𝐬 𝐬𝐮𝐩𝐞𝐫𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐚𝐬 cuando la magnitud en el solapamiento entre los polígonos supera el grado de tolerancia que establece el Reglamento General de Mensuras Catastrales:
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El objeto del citado Reglamento, contenido en la Resolución 3645-2016, es establecer procedimientos técnicos, ágiles y seguros que permitan la solución de las mensuras superpuestas.

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Mediante esta ley, se define la naturaleza jurídica de las naves marítimas, se establece el Registro Nacional de las Naves Marítimas, a cargo de la Armada de la República Dominicana, a la vez que se establecen disposiciones legales para regular:

🔹️La matriculación de las naves
🔹️ Los créditos y ejecuciones marítimos
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🔹️ La responsabilidad civil de los armadores
🔹️ La gente de mar
🔹️ Los contratos de fletamento
🔹️ El transporte marítimo de mercancías
🔹️El transporte marítimo de pasajeros
🔹️La responsabilidad del transportista
🔹️ El transporte multimodal de mercancías
🔹️Las pérdidas
🔹️ El seguro de la carga
🔹️ Los hechos jurídicos de la navegación
🔹️ Los límites de la responsabilidad

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En OFAR estamos enfocados en vivir los valores 
y la promesa de servicio desde el interior de la organización a través de practicas institucionales que reforzamos de forma permanente.

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