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Las Medidas de Coerción

Jun 24, 2019 | LITIGIOS

En los medios de comunicación, a diario escuchamos hablar del requerimiento o imposición de una medida de coerción contra el acusado de cometer un hecho delictivo. En este contexto, con frecuencia se hace alusión a la prisión preventiva, razón por la cual erróneamente puede llegarse a pensar en la medida de coerción como un sinónimo de prisión preventiva, cuando en realidad, la prisión preventiva es sólo un tipo de medida de coerción y estas en general no implican necesariamente la privación de libertad. Por esta razón, resulta necesario aclarar desde el punto de vista legal en qué consiste exactamente una medida de coerción, cuáles son, cuándo aplican y qué tiempo duran.

Una medida de coerción es aquella que puede adoptar el órgano judicial durante la etapa preparatoria de un proceso penal contra el presunto responsable de un hecho delictivo, con la finalidad de asegurar su presencia en el proceso y garantizar los efectos penales y civiles de una futura sentencia condenatoria, cuando se estima que hay una probabilidad razonable de que este sea el autor del hecho y de que pueda ocultarse a sí o a su patrimonio en el curso del procedimiento penal.

De conformidad con las disposiciones de nuestro Código Procesal Penal, las medidas de coerción pueden ser de dos clases: Personales, las cuales procuran limitar la libertad de actividades o movimiento del imputado y Reales, las cuales recaen sobre los bienes muebles o inmuebles y buscan asegurar las eventuales responsabilidades pecuniarias (responsabilidades civiles, multas, costas procesales) derivadas de la comisión del hecho delictivo.

Dentro de esta clasificación, figuran como medidas de coerción personales: la prisión preventiva; la prohibición de salir sin autorización del país, localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez (impedimento de salida); la obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informa regularmente al juez; la obligación de presentarse periódicamente ante el juez o ante la autoridad que él designe (presentación periódica); la colocación de localizadores electrónicos, sin que pueda mediar violencia o lesión a la dignidad o integridad física del imputado; el arresto domiciliario, en su propio domicilio o en custodia de otra persona, sin vigilancia alguna o con la que el juez disponga; la presentación de una garantía económica suficiente(artículo 226 del Código Procesal Penal) ; y, el arresto, con sus diversas modalidades policial y judicial (art. 224 y siguientes Código Procesal Penal). Y, como medidas de coerción reales: el embargo, la inscripción de hipoteca judicial u otra medida conservatoria prevista por la ley civil.

Para imponer una de estas medidas de coerción o varias combinadas, deben existir elementos de prueba suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad el autor o cómplice de una infracción, además de un peligro de fuga basado en una presunción razonable de que el imputado podría no someterse al procedimiento por la apreciación de las circunstancias del caso particular y que la pena privativa de libertad sea la pena aplicable para la infracción atribuida.

En el caso de la prisión preventiva, además de estas circunstancias, se requiere que no pueda evitarse razonablemente la fuga del imputado mediante la imposición de una o varias de aquellas que resulten menos gravosas para su persona, para evitar la destrucción de prueba relevante para la investigación, y cuando la

libertad del imputado pueda constituir una amenaza para la sociedad, la víctima o sus familiares, o los testigos del proceso. Esta medida no puede ser combinada con ninguna otra, hay infracciones para las cuales no puede aplicarse (infracciones de acción privada, como la difamación e injuria, violación de propiedad industrial y violación a ley de cheques salvo el caso de falsedad de cheques), y personas a las que no les puede ser impuesta. Aspectos que en todo momento deberán ser valorados al momento de decidir imponer esta medida específica, la cual es de carácter excepcional.

Finalmente, en cuanto a su duración cabe resaltar que las medidas de coerción se caracterizan por su provisionalidad, sólo duraran el tiempo que sea indispensable por la permanencia de los presupuestos que fundamentaron su adopción inicial, razón por la cual se produce la revisión de estas en cualquier etapa del procedimiento. En el caso de la prisión preventiva, en particular, legalmente se encuentra fijado que no podrá exceder los 12 meses, y los 18 meses en el caso de que sea declarado un proceso complejo, y su revisión será de manera obligatoria cada 3 meses.

Escrito por: Tatiana Germán

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¿𝐂𝐨́𝐦𝐨 𝐩𝐨𝐝𝐞𝐦𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐭𝐫𝐮𝐢𝐫 𝐮𝐧 𝐦𝐞𝐫𝐜𝐚𝐝𝐨 𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐦𝐚́𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐞𝐭𝐢𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐞𝐧 𝐑𝐞𝐩𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐃𝐨𝐦𝐢𝐧𝐢𝐜𝐚𝐧𝐚?

¿𝐂𝐨́𝐦𝐨 𝐩𝐨𝐝𝐞𝐦𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐭𝐫𝐮𝐢𝐫 𝐮𝐧 𝐦𝐞𝐫𝐜𝐚𝐝𝐨 𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐦𝐚́𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐞𝐭𝐢𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐞𝐧 𝐑𝐞𝐩𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐃𝐨𝐦𝐢𝐧𝐢𝐜𝐚𝐧𝐚?

Hacer el mercado laboral dominicano más competitivo y flexible implica encontrar un equilibrio entre incentivar la creación de empleo formal y mantener una protección adecuada para los trabajadores....

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Ofar Abogados
¿𝐂𝐨́𝐦𝐨 𝐩𝐨𝐝𝐞𝐦𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐭𝐫𝐮𝐢𝐫 𝐮𝐧 𝐦𝐞𝐫𝐜𝐚𝐝𝐨 𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐦𝐚́𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐞𝐭𝐢𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐞𝐧 𝐑𝐞𝐩𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐃𝐨𝐦𝐢𝐧𝐢𝐜𝐚𝐧𝐚? 🇩🇴
El reto no es solo crear más empleos, sino crear 𝐦𝐚́𝐬 𝐞𝐦𝐩𝐥𝐞𝐨 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐥, 𝐦𝐚́𝐬 𝐩𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐭𝐢𝐯𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐲 𝐦𝐞𝐣𝐨𝐫𝐞𝐬 𝐨𝐩𝐨𝐫𝐭𝐮𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬 para trabajadores y empresas.
Algunas propuestas que hoy forman parte del debate incluyen:
🔹️ Modernizar el Código de Trabajo.
🔹️ Facilitar modalidades como el teletrabajo y la contratación por proyectos.
🔹️ Reducir los costos de la formalidad para incentivar la creación de empleos.
🔹️ Fortalecer la capacitación técnica y profesional.
🔹️ Agilizar la resolución de conflictos laborales.
🔹️ Promover modelos que equilibren flexibilidad y protección para los trabajadores.
Una reforma bien estructurada podría contribuir a atraer más inversión, reducir la informalidad y hacer que nuestras empresas sean más competitivas.
Sin embargo, cualquier cambio debe preservar los derechos fundamentales de los trabajadores y fortalecer las instituciones encargadas de garantizar su cumplimiento.
💬 El desafío está en encontrar el equilibrio entre competitividad, productividad y protección laboral.
¿𝐂𝐮𝐚́𝐥 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐢𝐝𝐞𝐫𝐚𝐬 𝐪𝐮𝐞 𝐝𝐞𝐛𝐞𝐫𝛊́𝐚 𝐬𝐞𝐫 𝐥𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐨𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞 𝐮𝐧𝐚 𝐟𝐮𝐭𝐮𝐫𝐚 𝐫𝐞𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐞𝐧 𝐧𝐮𝐞𝐬𝐭𝐫𝐨 𝐩𝐚𝛊́𝐬? 𝐓𝐞 𝐥𝐞𝐞𝐦𝐨𝐬 𝐞𝐧 𝐥𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬.
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Una reforma bien estructurada podría contribuir a atraer más inversión, reducir la informalidad y hacer que nuestras empresas sean más competitivas.

Sin embargo, cualquier cambio debe preservar los derechos fundamentales de los trabajadores y fortalecer las instituciones encargadas de garantizar su cumplimiento.

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2 meses
Ofar Abogados
La seguridad energética y el desarrollo sostenible ya no pueden verse como temas separados.
En medio de un escenario global marcado por la volatilidad energética y la necesidad de reducir emisiones, los biocombustibles surgen como una alternativa estratégica para fortalecer la resiliencia económica, diversificar la matriz energética y promover modelos más sostenibles de desarrollo.
La conversación ya no gira únicamente en torno al futuro de la energía, sino también sobre inversión, competitividad, sostenibilidad y crecimiento económico a largo plazo.
República Dominicana tiene ante sí el desafío —y la oportunidad— de avanzar hacia políticas energéticas más integrales y sostenibles.
🔗 Artículo completo disponible en nuestra web.
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6 meses
Ofar Abogados

Hoy celebramos a quienes convierten la ley en respaldo, estrategia y tranquilidad.

Ser abogado no es solo conocer normas.
Es interpretar realidades, anticipar riesgos y defender decisiones con criterio.

Hoy reconocemos el compromiso, la preparación constante y la vocación que exige esta profesión.

¡Feliz Día del Abogado!
Seguimos trabajando para que el derecho sea una herramienta de confianza y crecimiento.

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6 meses
Ofar Abogados
El teletrabajo llegó para quedarse.
La flexibilidad ya no es un privilegio: es parte de la evolución del trabajo.
🧐 Pero trabajar desde casa no siempre significa trabajar mejor.
Cuando el teletrabajo no se gestiona adecuadamente, puede generar agotamiento, fatiga visual, problemas auditivos, estrés y desbalances en la rutina diaria, afectando directamente la salud y el rendimiento.
Cuidar la salud mientras se teletrabaja implica establecer horarios claros, respetar pausas, regular la exposición a pantallas y mantener hábitos conscientes.
La prevención también es parte del bienestar laboral.
Desde OFAR compartimos algunas claves importantes para proteger tu salud mientras trabajas desde casa y seguir dando lo mejor de ti.
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6 meses
Ofar Abogados
El mundo laboral cambió y con él, la forma en que entendemos el trabajo, el tiempo y la productividad.
Hoy, la flexibilidad laboral no es un privilegio ni una concesión excepcional.
Es una manera de reconocer que las personas tienen realidades distintas, ritmos distintos y necesidades distintas.
La flexibilidad puede implicar horarios adaptables, modalidades de trabajo más abiertas, conciliación entre la vida personal y profesional, y una mirada más humana sobre el desempeño.
Cuando el trabajo se adapta a las personas, no solo mejora el bienestar: se construyen entornos más justos, más eficientes y más sostenibles en el tiempo.
El mundo laboral moderno no se mide solo por resultados, sino por la capacidad de entender a quienes lo hacen posible.
Si te interesa aprender más sobre este tema👉 Lee el artículo 𝐅𝐥𝐞𝐱𝐢𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐋𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 en ofar.com.do
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