El Testamento

En virtud del artículo 895 del Código Civil de la República Dominicana, el Testamento es un acto por el cual dispone el testador, para el tiempo en que ya no exista, de todo o parte de sus bienes, pero que puede revocar.

En nuestro país se reconocen tres tipos de testamento, a saber:

Testamento auténtico o público, el cual se otorga ante dos notarios y en presencia de dos testigos, o por un notario en presencia de dos testigos, o por un notario en presencia de cuatro testigos (Art. 971 del Código Civil Dominicano).

Testamento Místico o Secreto, es el escrito y firmado por el testador o dictado a otra persona. El testador debe entregarlo a un notario en un sobre cerrado y sellado. Este tipo de testamento está regulado por el artículo 976 del Código Civil.

Testamento Ológrafo, es el escrito por entero, fechado y firmado de mano del testador. Este testamento no está sujeto a ninguna otra formalidad.

La importancia del testamento es que puedes garantizar en vida que se cumplan tus decisiones cuando faltes, al igual que les facilita a los herederos la distribución de los bienes de conformidad con lo establecido en el testamento. Tomar la previsión de hacer un testamento es una forma de evitar conflictos familiares por faltas de entendimiento.

En OFAR te asesoramos para que tus bienes queden distribuidos de la manera que deseas y bajo la modalidad que elijas.

Escrito por: Paola Sena