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Pena Capital

Ago 10, 2016 | LITIGIOS

La sociedad define los valores que quiere institucionalizar cuando los convierte en leyes.  Al convertir esos valores en leyes, facilita que todos los miembros lo conozcan y apliquen, pues de lo contrario se le imponen sanciones.

Nuestra legislación, al plasmar en la Carta Magna la defensa a la vida le otorga a este derecho preeminencia sobre el derecho de elegir de la madre e impedir a los jueces imponer la pena de muerte por delitos y crímenes cometidos.

En un artículo anterior abordamos el tema de los derechos encontrados de una mujer que alega el derecho a elegir versus el derecho a la vida del que ha sido concebido.  Ahora llega el momento de abordar el tema de la pena capital.

De 195 estados independientes que forman parte de las Naciones Unidas 90 contemplan dentro de su sistema legal la pena de muerte o pena capital. De estos noventa, 47 no la han aplicado en los últimos 10 años y otros seis retienen la pena capital para casos especiales como crímenes de guerra y crímenes en masa. Los restantes 37, la mantienen en su sistema legal y su aplicación se mantiene vigente. Al igual que todas las posturas legales, la aplicación de la pena capital tiene grupos a favor y grupos en contra, ambas partes con argumentos de peso.

Quienes están a favor exponen que la aplicación de la pena capital es una declaración que afirma que hay crímenes que se pagan con la vida. Sin lugar a dudas es la pena más contundente posible.

El argumento de defensa de la pena capital es el bien mayor de la sociedad, frente al mal menor del individuo que amenaza a la población, por medio de su corrupción y la potencialidad de corromper a otros. Un criminal que cumple su condena puede reincidir poniendo en peligro el bienestar e incluso la vida de los demás ciudadanos, mientras que su ejecución da cierre emocional a las víctimas y sus familiares.   A la pena capital se le atribuye una función intimidante y preventiva, que alienta a delincuentes a no cometer los delitos sancionados por ella.

A pesar de todo esto, es evidente que la pena capital no previene el crimen. Más aún, tomando la justicia como norte la pena capital conlleva un alto riesgo. Uno de los principios de la justicia es la presunción de inocencia. Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. La consecuencia natural de este principio es la preferencia de dejar en libertad a un culpable antes que castigar a un inocente. Una persona inocente en prisión es una grave falla del sistema, pero una ejecución de un inocente es irreversible. En adición, se puede demostrar que en los países en que aún se aplica la pena capital, la misma tiene grandes sesgos discriminatorios y a menudo se utiliza como medio de favorecer ciertos intereses políticos o económicos.

En adición, la pena de muerte asume la imposibilidad de regeneración del delincuente, a quien se le niega la posibilidad de realizar un cambio interno que le permita re sociabilizarse.  La pena capital también es cruel respecto de la familia del condenado, a quienes se le impone su pérdida y la perciben como venganza.

Finalmente, me inclino por la defensa a la vida, pues la reclusión sirve a la justicia y a la vez a la misericordia, salvaguardando a la sociedad de aquel a quien considera peligroso, mientras mantiene viva la esperanza de que las personas pueden rehabilitarse.

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El derecho es un campo vasto y complejo, lleno de terminologías que pueden parecer inaccesibles para el laico. Sin embargo, con una exploración cuidadosa y una explicación detallada, los términos legales pueden ser desmitificados.

Conocer estos términos no solo enriquece el conocimiento general, sino que también empodera a los individuos en sus interacciones con el sistema legal.

¿Cuál de estos conocías?

#Ofar #OfarAbogados #DiccionarioJuridico #FirmaDeAbogados
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🔹𝐓𝐫𝐚𝐧𝐪𝐮𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝. Es la principal característica que valoran los clientes y la misma es percibida a través de la confianza y seguridad en el desempeño que le proporcionan los profesionales de la firma.
🔹𝐂𝐚𝐩𝐚𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐏𝐫𝐨𝐟𝐞𝐬𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥. El cliente debe percibir que el profesional con el que está tratando posee suficiente preparación y experiencia para llevar con éxito y eficiencia los trabajos a contratar.
🔹𝐓𝐫𝐚𝐭𝐨 𝐨́𝐩𝐭𝐢𝐦𝐨 𝐲 𝐩𝐫𝐞𝐟𝐞𝐫𝐞𝐧𝐭𝐞. El cliente debe sentir que es la persona más importante de la firma, por lo que debemos mantener con él una relación individualizada y personalizada. Debemos escucharlo, conocerlo, entender sus necesidades y recordarlas.
🔹𝐒𝐞𝐫𝐯𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐫𝐚́𝐩𝐢𝐝𝐨. Debemos proporcionar al cliente un servicio rápido y de calidad, no precipitado y mediocre. La calidad requiere su tiempo y dedicación.
🔹𝐂𝐨𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧. Para crear una relación de confianza, debemos mantener al cliente informado y comunicado. Debemos comunicar con claridad y llamar al cliente cuando dijimos que lo haríamos. Los mensajes de correo electrónico, deben ser respondidos en un plazo razonable.
🔹𝐏𝐫𝐞𝐜𝐢𝐨. El precio de los servicios es valorado y el cliente debe percibir que los mismos son justos. De lo contrario se pierde la confianza y la credibilidad.
🔹𝐏𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐒𝐞𝐫𝐯𝐢𝐜𝐢𝐨. Es preciso contar con profesionales con capacidad para crear relaciones excelentes con los clientes. La calidad humana del personal es tan importante como la calidad profesional.
Si una firma refleja hacia los clientes estas virtudes, puede asegurar su éxito en el mercado, pues “El servicio recibido consolida o rompe relaciones”. 
Artículo por Flérida de Ares. 
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🔹𝐓𝐫𝐚𝐧𝐪𝐮𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝. Es la principal característica que valoran los clientes y la misma es percibida a través de la confianza y seguridad en el desempeño que le proporcionan los profesionales de la firma.

🔹𝐂𝐚𝐩𝐚𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐏𝐫𝐨𝐟𝐞𝐬𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥. El cliente debe percibir que el profesional con el que está tratando posee suficiente preparación y experiencia para llevar con éxito y eficiencia los trabajos a contratar.

🔹𝐓𝐫𝐚𝐭𝐨 𝐨́𝐩𝐭𝐢𝐦𝐨 𝐲 𝐩𝐫𝐞𝐟𝐞𝐫𝐞𝐧𝐭𝐞. El cliente debe sentir que es la persona más importante de la firma, por lo que debemos mantener con él una relación individualizada y personalizada. Debemos escucharlo, conocerlo, entender sus necesidades y recordarlas.

🔹𝐒𝐞𝐫𝐯𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐫𝐚́𝐩𝐢𝐝𝐨. Debemos proporcionar al cliente un servicio rápido y de calidad, no precipitado y mediocre. La calidad requiere su tiempo y dedicación.

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Si una firma refleja hacia los clientes estas virtudes, puede asegurar su éxito en el mercado, pues “El servicio recibido consolida o rompe relaciones”.

Artículo por Flérida de Ares.

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⚖️ 𝐃𝐞𝐬𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐚𝐧𝐭𝐢𝐠𝐮𝐚 𝐑𝐨𝐦𝐚 𝐡𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐬𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐝𝐢́𝐚𝐬, 𝐥𝐚 𝐚𝐛𝐨𝐠𝐚𝐜𝐢́𝐚 𝐡𝐚 𝐬𝐢𝐝𝐨 𝐞𝐥 𝐩𝐢𝐥𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐲 𝐞𝐥 𝐞𝐪𝐮𝐢𝐥𝐢𝐛𝐫𝐢𝐨 𝐬𝐨𝐜𝐢𝐚𝐥.
Los primeros juristas, como Cicerón, defendían con elocuencia y sabiduría los derechos de su pueblo. Hoy, siglos después, la esencia de la abogacía sigue intacta: 𝐛𝐮𝐬𝐜𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐯𝐞𝐫𝐝𝐚𝐝, 𝐝𝐞𝐟𝐞𝐧𝐝𝐞𝐫 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐲 𝐩𝐫𝐨𝐭𝐞𝐠𝐞𝐫 𝐥𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐭𝐨𝐝𝐨𝐬.
En OFAR, honramos esta tradición con compromiso y excelencia.
📜 𝐅𝐞𝐥𝐢𝐳 𝐃𝐢́𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐀𝐛𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨 𝐚 𝐪𝐮𝐢𝐞𝐧𝐞𝐬 𝐡𝐚𝐜𝐞𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐬𝐮 𝐯𝐨𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧.
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⚖️ 𝐃𝐞𝐬𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐚𝐧𝐭𝐢𝐠𝐮𝐚 𝐑𝐨𝐦𝐚 𝐡𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐧𝐮𝐞𝐬𝐭𝐫𝐨𝐬 𝐝𝐢́𝐚𝐬, 𝐥𝐚 𝐚𝐛𝐨𝐠𝐚𝐜𝐢́𝐚 𝐡𝐚 𝐬𝐢𝐝𝐨 𝐞𝐥 𝐩𝐢𝐥𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐲 𝐞𝐥 𝐞𝐪𝐮𝐢𝐥𝐢𝐛𝐫𝐢𝐨 𝐬𝐨𝐜𝐢𝐚𝐥.

Los primeros juristas, como Cicerón, defendían con elocuencia y sabiduría los derechos de su pueblo. Hoy, siglos después, la esencia de la abogacía sigue intacta: 𝐛𝐮𝐬𝐜𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐯𝐞𝐫𝐝𝐚𝐝, 𝐝𝐞𝐟𝐞𝐧𝐝𝐞𝐫 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐲 𝐩𝐫𝐨𝐭𝐞𝐠𝐞𝐫 𝐥𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐭𝐨𝐝𝐨𝐬.

En OFAR, honramos esta tradición con compromiso y excelencia.

📜 𝐅𝐞𝐥𝐢𝐳 𝐃𝐢́𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐀𝐛𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨 𝐚 𝐪𝐮𝐢𝐞𝐧𝐞𝐬 𝐡𝐚𝐜𝐞𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 𝐬𝐮 𝐯𝐨𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧.

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1 semana
Ofar Abogados
El protesto de cheque es un mecanismo legal que permite al tenedor de un cheque impagado hacer valer sus derechos y reclamar el pago. Para ello, debe cumplir con los requisitos y plazos establecidos por la ley, así como avisar a los obligados y ejercer las acciones pertinentes. El protesto es una prueba fehaciente de la falta de pago y una garantía para el cobro.
Te hemos preparado un artículo detallado con el proceso del #ProtestoDeCheque en nuestra página web. Visítanos en ofar.com.do. 
#OFAR #OfarAbogados #ofarteexplica #abogadosEnSantoDomingo #asesoreslegales

El protesto de cheque es un mecanismo legal que permite al tenedor de un cheque impagado hacer valer sus derechos y reclamar el pago. Para ello, debe cumplir con los requisitos y plazos establecidos por la ley, así como avisar a los obligados y ejercer las acciones pertinentes. El protesto es una prueba fehaciente de la falta de pago y una garantía para el cobro.

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