Home 9 Al deRecho 9 PERSONA/FAMILIA 9 La Adopción en la República Dominicana

La Adopción en la República Dominicana

Feb 11, 2019 | PERSONA/FAMILIA

1 Corintios: 13:13. “Y ahora permanecen la fe, la esperanza y el amor, estos tres; pero el mayor de ellos es el amor”. Desde una perspectiva personal, la adopción es el milagro de amor en dirección a doble vía para llenar de esperanza y amor dos corazones, el del niño carente de amor, y el de la pareja necesitada de dar amor. Al final del camino, la adopción será el resultado de una oración contestada.
De acuerdo a las estadísticas publicadas por el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia, (CONANI), en el año 2018 se registraron en nuestro país un total de 116 solicitudes de adopciones privilegiadas, de las cuales 92 fueron nacionales y 24 internaciones, 116 niños que hoy disfrutan de un nuevo comienzo, un cambio de vida, y la oportunidad de crecer dentro de un núcleo familiar que les permita un óptimo desarrollo.

En el aspecto jurídico, la figura de la adopción se encuentra consagrada en el artículo 111 de la Ley 136-03 que establece que: “La adopción es una institución jurídica de orden público e interés social que permite crear, mediante sentencia rendida al efecto, un vínculo de filiación voluntario entre personas que no lo tienen por naturaleza”. La adopción siempre será privilegiada, y podrá ser nacional o internacional; será nacional cuando los adoptantes sean dominicanos residentes en el país, será internacional cuando los adoptantes sean ciudadanos extranjeros.

La Ley No. 136-03 dispone condiciones de forma y fondo para la adopción privilegiada, dentro de las condiciones de forma se encuentran las siguientes:

  1. Aptitud para adoptar: Podrán adoptar las personas que reúnan las siguientes condiciones:

(i) Personas mayores de 30 años, sin importar su estado civil; la edad límite para adoptar es 60 años, sin embargo, la Ley establece dos excepciones en los casos donde el adoptante es mayor de edad, a saber:

  • Cuando ha tenido la crianza, cuidado y protección del niño, niña o adolescente previo a la solicitud de adopción; y,
  • En los casos de familiares que quieran adoptar un niño, niña o adolescente, cuando los padres o responsables han sido despojados judicialmente de la guarda.

(ii) Los cónyuges dominicanos casados durante 3 años y los extranjeros casados por 5 años.

(iii) Parejas dominicanas unidas bajo concubinato con por lo menos 5 años de convivencia ininterrumpida.

(iv) Las personas solteras que hayan tenido responsabilidad de crianza o cuidado de un menor de edad.

(v) El viudo o viuda, divorciado o divorciada, si el trámite de la adopción hubiera iniciado antes del fallecimiento, y antes del divorcio.

(vi)  Los abuelos, tíos y hermanos mayores de edad, a sus nietos, sobrinos y hermanos menores, cuyo padre o madre o ambos progenitores hayan fallecido y los adoptantes puedan garantizar el bienestar integral de sus parientes.

(vii) Deberá existir entre el adoptante y el adoptado una diferencia de edad no menor 15 años.

La adopción procederá a favor de las personas menores de 18 años al momento de la solicitud, así mismo podrán ser adoptados los niños, niñas o adolescentes bajo las siguientes condiciones:

(i)

Se encuentren huérfanos de padre y madre;

(ii)

Se encuentren bajo tutela del Estado dominicano;

(iii)

Menores de edad que cuenten con el consentimiento de sus padres para la adopción; y

(iv)

Menores de edad que han sido privados de la autoridad parental por sentencia.

En cuanto a los aspectos de fondo, la adopción debe agotar dos fases, a saber:

La fase administrativa que se lleva a cabo ante el departamento de adopciones del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI); y

Fase Judicial: que consiste en la homologación de la solicitud de adaptación por ante el Tribunal de Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del domicilio de la persona o entidad bajo cuyo cuidado se encuentre el o la adoptado.

Por: Manuela Rodríguez.

Compartelo:

Facebook Posts

Comments Box SVG iconsUsed for the like, share, comment, and reaction icons
💼 Las recientes reformas legales han transformado el acceso al crédito, permitiendo que las PYMES y emprendedores usen bienes muebles como garantía. Esto dinamiza la economía, facilita el financiamiento, mejora las condiciones crediticias y fortalece la seguridad jurídica con registros electrónicos.
Una nueva era para el crecimiento empresarial y la inclusión financiera.
Lee nuestro artículo completo aquí: https://ofar.com.do/al-derecho/contabilidad-al-derecho/acceso-al-credito-y-garantias-mobiliarias-una-nueva-era-legal/
#OFAR #GarantíasMobiliarias #AccesoAlCrédito #PYMES #DerechoFinanciero

💼 Las recientes reformas legales han transformado el acceso al crédito, permitiendo que las PYMES y emprendedores usen bienes muebles como garantía. Esto dinamiza la economía, facilita el financiamiento, mejora las condiciones crediticias y fortalece la seguridad jurídica con registros electrónicos.
Una nueva era para el crecimiento empresarial y la inclusión financiera.

Lee nuestro artículo completo aquí: ofar.com.do/al-derecho/contabilidad-al-derecho/acceso-al-credito-y-garantias-mobiliarias-una-nuev...

#OFAR #GarantíasMobiliaria #AccesoAlCrédit #PYMES #DerechoFinanciero
... Ver másVer menos

📢 #OFARInforma | El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley para sustituir el Decreto Ley 6132 sobre Libertad de Expresión, adaptándolo a los tiempos actuales.

🔎 Entre sus principios clave están: no censura, acceso universal, diversidad, tolerancia a la crítica, transparencia y neutralidad en la red.

🧑‍⚖️ También establece el derecho de los usuarios a impugnar la moderación de contenidos en plataformas digitales.

📺 Se crea el Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), que supervisará medios audiovisuales, plataformas digitales y protegerá los derechos de los usuarios.

Amplía este artículo en nuestra página web ofar.com.do/al-derecho/principios-generales-contenidos-en-el-proyecto-de-ley-de-libertad-de-expre...

#DerechoALaInformació #LibertadDeExpresió #OFAR #OfarAbogados
... Ver másVer menos

¿Sabias qué para construir una propiedad inmobiliaria en condominio es necesario que las construcciones se hayan edificado en terrenos registrados y segundo, que se cumplan una serie de requisitos?
🔹Aprobación de los planos de construcción o urbanización
🔹Elaboración por un agrimensor o arquitecto autorizado de planos detallados de la propiedad, con indicación precisa de las de las áreas comunes y de las áreas privadas.
🔹Aprobación de los planos del condominio por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales que corresponda.
🔹 Redacción por el asesor legal del promotor de un reglamento de copropiedad y administración.
🔹Registro de los planos del condominio y del reglamento en el Registro de Títulos correspondiente.
🔹Expedición por el Registro de Títulos de certificados de título para cada unidad privada y para las áreas comunes.
El condominio queda legalmente constituido una vez inscrito en el Registro de Títulos.
Si necesitas asesoría no dudes en contactarnos, somos OFAR Abogados
#ServiciosLegales #FirmaDeAbogados #AbogadosEnSantoDomingo

¿Sabias qué para construir una propiedad inmobiliaria en condominio es necesario que las construcciones se hayan edificado en terrenos registrados y segundo, que se cumplan una serie de requisitos?

🔹Aprobación de los planos de construcción o urbanización

🔹Elaboración por un agrimensor o arquitecto autorizado de planos detallados de la propiedad, con indicación precisa de las de las áreas comunes y de las áreas privadas.

🔹Aprobación de los planos del condominio por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales que corresponda.

🔹 Redacción por el asesor legal del promotor de un reglamento de copropiedad y administración.

🔹Registro de los planos del condominio y del reglamento en el Registro de Títulos correspondiente.

🔹Expedición por el Registro de Títulos de certificados de título para cada unidad privada y para las áreas comunes.

El condominio queda legalmente constituido una vez inscrito en el Registro de Títulos.

Si necesitas asesoría no dudes en contactarnos, somos OFAR Abogados

#ServiciosLegales #FirmaDeAbogados #AbogadosEnSantoDomingo
... Ver másVer menos

1 semana
Ofar Abogados
📄 ¿Qué son las actuaciones registrales?
Son los procesos que se realizan ante el Registro de Títulos para constituir, transmitir o extinguir derechos sobre un inmueble.
Para evitar rechazos u observaciones, es fundamental cumplir con los requisitos legales establecidos, tanto de forma (como datos personales, lugar y fecha, firma legalizada, etc.) como de fondo (información clara sobre las partes, el inmueble y la representación legal cuando aplique).
📌 Cumplir con estas exigencias garantiza una gestión más ágil y segura.
🔎 ¿Tienes un proceso registral pendiente o dudas sobre tus documentos?
📞 Contáctanos, en OFAR estamos para acompañarte en cada paso.
#DerechoInmobiliario #RegistroDeTítulos #OFAR #ActuacionesRegistrales #AsesoríaLegal

📄 ¿Qué son las actuaciones registrales?

Son los procesos que se realizan ante el Registro de Títulos para constituir, transmitir o extinguir derechos sobre un inmueble.

Para evitar rechazos u observaciones, es fundamental cumplir con los requisitos legales establecidos, tanto de forma (como datos personales, lugar y fecha, firma legalizada, etc.) como de fondo (información clara sobre las partes, el inmueble y la representación legal cuando aplique).

📌 Cumplir con estas exigencias garantiza una gestión más ágil y segura.

🔎 ¿Tienes un proceso registral pendiente o dudas sobre tus documentos?
📞 Contáctanos, en OFAR estamos para acompañarte en cada paso.

#DerechoInmobiliario #RegistroDeTítulo #OFAR #ActuacionesRegistrales #AsesoríaLega
... Ver másVer menos

2 semanas
Ofar Abogados
¿Compras al extranjero por internet? 💡
El Registro Único Aduanero (RUA) es la documentación, requerida por la 𝗗𝗶𝗿𝗲𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗚𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗔𝗱𝘂𝗮𝗻𝗮𝘀, para los usuarios que 𝗿𝗲𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗻 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗿𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗼 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝘃𝗲́𝘀 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗻𝗲𝘁, a los fines de poder diferenciar al momento de recibir sus mercancías a través del servicio expreso o Courier a quienes utilizan este sistema de compras con fines comerciales de aquellos que lo hacen para sus compras personales, que son los únicos beneficiarios del tope de hasta US$200.00 dólares libres de impuestos.
🤓¿Quieres aprender más sobre este proceso? Lee este artículo completo aquí https://ofar.com.do/al-derecho/fiscal-regulacion-economica-al-derecho/para-que-se-requiere-el-registro-unico-aduanero/

¿Compras al extranjero por internet? 💡

El Registro Único Aduanero (RUA) es la documentación, requerida por la 𝗗𝗶𝗿𝗲𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗚𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗔𝗱𝘂𝗮𝗻𝗮𝘀, para los usuarios que 𝗿𝗲𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗻 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗿𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗼 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝘃𝗲́𝘀 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗻𝗲𝘁, a los fines de poder diferenciar al momento de recibir sus mercancías a través del servicio expreso o Courier a quienes utilizan este sistema de compras con fines comerciales de aquellos que lo hacen para sus compras personales, que son los únicos beneficiarios del tope de hasta US$200.00 dólares libres de impuestos.

🤓¿Quieres aprender más sobre este proceso? Lee este artículo completo aquí ofar.com.do/al-derecho/fiscal-regulacion-economica-al-derecho/para-que-se-requiere-el-registro-un...
... Ver másVer menos

Cargar más

OFAR Oficina de Abogados y Contadores en Republica Dominicana