“Abusus non est usus, sed corruptela” – El abuso no es uso, sino corruptela: es un aforismo que se refiere específicamente al abuso del derecho.
Esta frase tiene su fundamento en el derecho romano y hace referencia al derecho subjetivo. La historia nos cuenta que, en Roma el derecho estaba consagrado a favor de los romanos y por lo tanto su titular debía ejercitarlo no solo pensando en sus propios beneficios sino en el beneficio de la comunidad.
Según Friedrich Karl von Savigny: “todo derecho subjetivo origina una relación jurídica”, es decir, no finaliza el derecho en cabeza del titular y por lo tanto quien lo detenta no puede ejercerlo a su arbitrio.
En resumen, el abuso del derecho se presenta cuando su titular lo ejercita con el fin de dañar a otro. Aquí unos ejemplos:
– Embargo excesivo de bienes del deudor.
– Denuncias temerarias.
– Cláusulas abusivas en contratos.
– Abuso de posición dominante.
– Abuso por parte de los socios -específicamente mayoritarios-, en detrimento de los derechos de los socios minoritarios en las sociedades comerciales.
– Abuso de autoridad en relaciones laborales.