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Reporte de operaciones sospechosas (ROS) como pilar en la prevención del lavado de activos (2/2)

Jul 7, 2020 | NEGOCIOS

«El ROS será una pieza fundamental en la elaboración de informe de inteligencia que instrumentan las Unidades de Análisis Financiero para alertar a las autoridades competentes sobre los posibles ilícitos que se hayan detectado.»

La función básica de la UAF

Consiste en analizar los reportes de operaciones sospechosas que recibe, con la finalidad de identificar posibles blancos de investigación, determinar vínculos entre los blancos identificados y posibles infracciones de lavado de activos; esto se conoce como análisis operativo. También la de realizar estudios que le permitan establecer patrones y tendencias relacionados con este delito, denominado análisis estratégico, para lo cual debe contar con suficientes informaciones fidedignas que le permitan la realización de esta tarea; lo que se llama calidad de los reportes.

Para cumplir con este propósito, la Unidad de Análisis Financiero hizo un levantamiento de la información enviada por los distintos sujetos obligados, y emitió, en base al referido estudio, la Guía de la Calidad para los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS). Un elemento que la referida guía hace hincapié es la justificación del ROS, e insta al sujeto obligado a desarrollar las motivaciones que detectó y que justifican la elaboración del reporte, anexar cualquier documentación soporte, como podría ser los movimientos de productos o historial transaccional de un periodo de tiempo determinado. En la referida guía, además se hacen las siguientes recomendaciones:

No deberán usarse justificaciones tales como:

  • No cumple con las políticas de la entidad;
  • Persona no completó los documentos exigidos;
  • Persona posee ficha delictiva;
  • Solicitud de productos con informaciones que no fueron confirmadas;
  • El cliente se dedica a una actividad económica restringida en la Institución;
  • El cliente proporcionó una carta laboral adulterada;
  • El cliente se salió de los parámetros establecidos en la Institución;
  • Violación de la política de la Institución de no guardar dinero en la entidad;
  • Utilizó su cuenta para manejar fondos de su madre;
  • Realizó transacciones financieras en perjuicio de la Institución.

No debe entenderse lo anterior como que si un cliente realiza una operación la cual luego de analizarla resulta ser sospechosa y los elementos anteriores sirven para reforzar el motivo del reporte, no se utilice como parte de la justificación una de estas situaciones. (Análisis 2017)

La Investigación Financiera conlleva una serie de pasos que se conocen en el argot del campo de la Inteligencia como “El Ciclo de Inteligencia”.

En el proceso de análisis de la calidad de los reportes recibidos por los distintos sectores, se detectaron situaciones que ameritan ser corregidas o saneadas por los sujetos obligados, siendo algunas de ellas:

a) Falta de identificación de la moneda en la que se realizó la transacción.

b) Ausencia de análisis y explicación detallada de la operación reportada. En ocasiones se reporta, por ejemplo, alegando que la operación no corresponde al perfil del cliente, sin que la entidad agregue los elementos que permitan verificar esta observación y su relevancia para el reporte.

c) La no existencia de elementos que permitan el análisis de las razones que motivan el reporte.

Ejemplo, se reporta una operación indicando que la persona no cumple con las políticas de la entidad, enunciación tan genérica que, de masificarse, requeriría que la UAF conozca las políticas internas de todos los sujetos obligados para poder asignar una clasificación a los ROS.

 d) Inconsistencias en la presentación de informaciones, las cuales se verifican en los distintos campos del formato del reporte, dificultando la agrupación de los datos al no existir homogeneidad en el formato utilizado.

e) Errores en el uso de nomenclaturas en el llenado de los Reportes.

f) Falta de datos en los documentos que se anexan como sustento del ROS. Ejemplo en lo referente al formulario “Conozca a su Cliente” omisión de informaciones requeridas en el formulario, en lo relativo a la ocupación y sueldo del cliente reportado.

g) Casos en los cuales, en un reporte de una misma persona y sujeto obligado, utiliza en diferentes campos del reporte, indistintamente minúsculas y mayúsculas, para referirse a los conceptos involucrados.

h) Casos en los cuales los sujetos obligados elaboran un reporte, no por una transacción u operación en específico, sino por la publicación de alguna información negativa del cliente en fuentes públicas, como puede ser, el caso de un sometimiento judicial, verificándose como práctica que digitan el monto de la última operación realizada por el cliente, situación que se presta a confusión, por lo que se sugeriría digitar como monto 0.0.” (Análisis 2017).

La Investigación Financiera conlleva una serie de pasos que se conocen en el argot del campo de la Inteligencia como “El Ciclo de Inteligencia”, siendo estas: Planeación, Recolección, Evaluación, Análisis, Integración, Informe de Resultados y Diseminación, pudiendo, en cada una de estas etapas, el analista utilizar la Revisión.

«Agotada la etapa de Evaluación, el ROS pasa a manos de un analista el cual procede a elaborar las premisas que puedan fundamentar una hipótesis de lo que esté ocurriendo y qué tipo de información necesita recopilar que le permita fundamentar la misma.»

En cuanto a la etapa de la Planeación, se debe identificar la forma en que la Unidad recibirá los insumos para su trabajo y las herramientas para la consecución de sus objetivos.

Dentro de la etapa de la Recolección tenemos la recepción de los Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), mediante el cual el sujeto obligado le informa a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), la situación que amerita ser investigada.

Una vez recibido dicho informe se procede a su calificación, la cual consiste en determinar la calidad del ROS, si existen elementos suficientes, el nivel de riesgo que conlleva la operación reportada (alto, medio o bajo), en base a los distintos factores de riesgos preestablecidos en la Unidad y la credibilidad de la fuente que tramita la información. Este proceso entra en la etapa de Evaluación.

Agotada la etapa de Evaluación, el ROS pasa a manos de un analista el cual procede a elaborar las premisas que puedan fundamentar una hipótesis de lo que esté ocurriendo y qué tipo de información necesita recopilar que le permita fundamentar la misma. Esto va a originar que para cubrir estos vacíos de información resultante generen nuevas solicitudes de información al Sistema, al realizar esto estaría en la fase intermedia que en la gráfica hemos identificado como Revisión.

Una vez recibida dicha información, se determina si cumple con el requerimiento, se confirma si la información recibida valida las premisas que permitan comprobar la hipótesis previamente elaborada, y de ser así se une con las demás informaciones, y estaríamos entonces en la etapa de la Integración.

Luego de culminadas las etapas que anteceden se pasa a la elaboración del informe y determinar si el mismo debe ser enviado a una de las Autoridades Competentes, entrando en la etapa de la Diseminación del Informe de Inteligencia Financiero.

En la ciudad de México un reporte realizado por una entidad financiera sirvió de base para la investigación en contra de Gregorio Sánchez, Alcaide del Municipio de Benito Juárez en Cancún. (Lavadodinero.com 2004).

Partiendo de todo lo anterior, podemos concluir que el ROS será una pieza fundamental en la elaboración de informe de inteligencia que instrumentan las Unidades de Análisis Financiero para alertar a las autoridades competentes sobre los posibles ilícitos que se hayan detectado.

Noviembre, 2019
Santo Domingo, R.D.

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10 horas
Ofar Abogados
La difamación conforme a la legislación dominicana es un delito que se encuentra penalizado conforme los artículos 367 a 371 del Código Penal. La pena a imponer conforme a estos artículos va a depender de la persona a la que va dirigida (Jefe de Estado, Instituciones del Estado, Diputados o Representantes del Congreso, Particulares, etc.)
Si está siendo víctima de difamación, para perseguir la condena prevista en el Código Penal por este hecho, puede accionar en contra de la persona que le está difamando, por sí o a través de un apoderado especial, mediante una acusación directa ante el tribunal penal, para lo cual es importante que apodere un abogado.
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La difamación conforme a la legislación dominicana es un delito que se encuentra penalizado conforme los artículos 367 a 371 del Código Penal. La pena a imponer conforme a estos artículos va a depender de la persona a la que va dirigida (Jefe de Estado, Instituciones del Estado, Diputados o Representantes del Congreso, Particulares, etc.)

Si está siendo víctima de difamación, para perseguir la condena prevista en el Código Penal por este hecho, puede accionar en contra de la persona que le está difamando, por sí o a través de un apoderado especial, mediante una acusación directa ante el tribunal penal, para lo cual es importante que apodere un abogado.

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🚧 Alguna vez hemos leído un letrero con la palabra 𝐃𝐞𝐬𝐥𝐢𝐧𝐝𝐞 mientras vamos manejando por la ciudad… pero, ¿sabemos realmente qué significa?
En el ámbito legal, el deslinde es el proceso que permite ubicar, determinar e individualizar una porción de terreno amparada en una 𝖢𝗈𝗇𝗌𝗍𝖺𝗇𝖼𝗂𝖺 𝖠𝗇𝗈𝗍𝖺𝖽𝖺 , un tipo de documento que, aunque garantiza la existencia del derecho de propiedad, no especifica ni la ubicación ni los límites exactos del inmueble.
📌Desde el año 2005, con la entrada en vigor de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se prohibió la emisión de nuevas 𝖢𝗈𝗇𝗌𝗍𝖺𝗇𝖼𝗂𝖺𝗌 𝖠𝗇𝗈𝗍𝖺𝖽𝖺𝗌. Para poder realizar cualquier actuación registral sobre esos inmuebles, es obligatorio someterlos a un proceso de deslinde.
✅Gracias a la Resolución 3642/2016, este proceso ya no requiere pasar por los tribunales, salvo que haya una objeción legal. Hoy en día, basta con la aprobación técnica de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales y su remisión al Registro de Títulos para la emisión del Certificado correspondiente.
El profesional encargado del proceso es un agrimensor acreditado , quien actúa como auxiliar de la justicia y cuyas actuaciones tienen fe pública frente a terceros.
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El protesto de un cheque es un procedimiento formal que se lleva a cabo cuando un cheque no puede ser pagado por el banco, ya sea por falta de fondos, cuenta cerrada o cualquier otra razón. Este proceso debe seguirse de manera meticulosa para asegurar su validez y cumplir con los requisitos legales.
📌Para que el protesto de un cheque sea legalmente válido, es esencial cumplir con varios requisitos específicos. En primer lugar, el cheque debe ser presentado para cobro dentro de los plazos legales establecidos, que varían dependiendo del lugar de emisión del cheque. Si no se cumple con este requisito, el beneficiario pierde el derecho a protestar el cheque. Además, el protesto debe ser realizado por un notario público o un oficial de protestos autorizado, y debe constar en un acta notarial que describa detalladamente el rechazo del cheque y las circunstancias que lo rodean.
💡Ahora bien, del otro lado, ¿para evitar el protesto de cheques?, es fundamental adoptar algunas prácticas preventivas. 🔹En primer lugar, los emisores de cheques deben asegurarse de mantener fondos suficientes en sus cuentas bancarias para cubrir todos los cheques emitidos. 🔹Llevar un control riguroso de los cheques emitidos y los saldos disponibles es crucial. 🔹Además, puede ser útil consultar con un asesor legal para entender las opciones disponibles y los pasos a seguir para mitigar los efectos negativos del protesto.
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🕊Que estos días traigan paz y reflexión a cada hogar.
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