La Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, tratado ratificado por nuestro país, tiene como objetivo promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.
En la legislación interna de la República Dominicana existe la Ley No. 352-98 sobre Protección a la Persona Envejeciente, sin embargo, no muchas personas conocen de ella, razón por la cual es común que no se exija lo que en realidad le corresponde a la persona envejeciente.
Es de escaso conocimiento general la existencia del Carnet de Exoneración, el cual es otorgado por el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente a través de su dirección ejecutiva, carnet que otorga los siguientes beneficios a todo dominicano mayor de sesenta y cinco (65) años:
a) Un descuento del treinta por ciento (30%) en los precios que se cobren como entrada general o tarifa económica en las actividades de recreación y entretenimiento, tales como cines, teatros, deportes y espectáculos públicos variados, siempre que no se trate de actividades de beneficencia debidamente autorizadas;
b) Un descuento en el transporte público de acuerdo con la siguiente calificación: (i) Autobuses interurbanos: treinta por ciento (30%); y, (ii) Carros públicos: veinte por ciento (20%), a excepción de las horas comprendidas entre las 6-9 AM y 4-6 PM;
c) Un descuento de un quince por ciento (15%) en los servicios médicos-sanitarios en hospitales y clínicas privadas;
d) Un descuento de un diez por ciento (10%) en las consultas médicas privadas;
e) Un descuento de un punto porcentual en la tasa de interés en los préstamos hipotecarios de vivienda para uso propio; y,
f) Exoneración total del monto que se cobre por concepto de matrícula y mensualidades en las instituciones estatales de educación.
No obstante a lo anterior, no solo el gobierno debe contribuir con el bienestar del adulto mayor, sino que todos los ciudadanos debemos educarnos mejor sobre nuestros adultos mayores, para que puedan recibir los beneficios adquiridos, además de que debemos brindarles asistencia, amor y compresión, así como protegerlos de los maltratos al que pueden estar expuestos y sobre todo no discriminarlos por su edad.
La familia por su parte debe integrar al abuelo a las tareas cotidianas del hogar, para que estos no se sientan inútiles, ya que ellos quieren sentir que son partes importantes y necesarios en la familia. De igual modo, debemos ser muy pacientes con ellos, ya que la edad produce cambios en el organismo, que les provoca muchas veces, no poder sostener objetos, no poder caminar o mantenerse de pie y hasta olvidar muchas cosas, incluyendo quienes son sus familiares. Es por esto que debemos brindar apoyo y comprensión en cada momento.
Las personas envejecientes, con suerte, seremos nosotros en el futuro ¡Cuidémoslos!