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Equidad de Género en la Compensación

Sep 27, 2016 | Al deRecho

Recientemente el Observatorio Político Dominicano publicó un estudio que revela que en promedio una mujer gana 24% menos que un hombre desempeñando igual trabajo. A simple vista, esta información valida la opinión generalizada de que no hay justicia de género en la compensación de nuestro país. La realidad es que la diferencia es injusta, pero hay que tomar en cuenta que la desigualdad en compensación no es más que uno de los componentes de la falta de equidad de género que viene arrastrada desde antes del inicio del ser humano.

La equidad a que aspiramos hoy en día dista mucho de la diferencia en trato entre mujeres y hombres. Si retrocedemos en el tiempo vemos que mientras más atrás en el tiempo vamos mayores son las injusticias. No han pasado todavía 100 años desde que la mayoría de las mujeres tienen derecho al voto, y, aunque el voto de la mujer está reconocido en todos los países, todavía hoy es imposible para muchas mujeres ejercer este derecho. Otros derechos como el derecho al empleo, a tener propiedad, y más grave aún el derecho a la libertad sin ser consideradas propiedad del padre o esposo fueron a penas reconocidos el pasado milenio.

La falta de equidad de género es un problema complejo, y la complejidad viene del hecho de que es imposible una absoluta equidad. La legislación y la sociedad dominicanas reconocen que todas y todos tenemos los mismos derechos y la misma dignidad. De la misma forma, la legislación y la sociedad reconocen que mujeres y hombres no somos iguales. Hay diferencias biológicas imposibles de negar; nuestros cuerpos son diferentes y esas diferencias físicas conllevan a diferencia de roles. A nadie le sorprende que los equipos profesionales de deporte estén integrados por personas de un mismo género o que los récords deportivos sean segregados por género. La diferencia más notoria tanto biológica como social es la maternidad. Ningún hombre, por más que quiera, puede gestar una vida dentro de su ser. Puede dar el biberón a una bebé, pero no puede dar el seno.

Si reconocemos la maternidad como un factor de diferenciación de género, tenemos que reconocer que las consecuencias de la misma también crearán desigualdades e impactarán la equidad. La ley dominicana provee una protección especial y es clara en establecer que la protección no es a la mujer sino a la maternidad, pero las implicaciones se reflejan en la equidad de género y en diferencia de compensación. La protección de la maternidad tiene un costo, que, para quién provee empleo se traduce en que es más caro contratar una mujer que contratar a un hombre. Los costos asociados a licencia de maternidad, lactancia, contratación y entrenamiento de personal sustituto son reales y no son insignificantes. Durante los años ochenta el gobierno mexicano introdujo una serie de reformas para proteger la maternidad. La consecuencia de éstas fue un descenso significativo en el nivel de empleo de las mujeres, haciendo de la protección de la maternidad una discriminación contra la mujer.

Una diferencia por género en compensación de 24% no refleja equidad de género, no es comparable con el costo de la protección a la maternidad y no cumple con los principios y fundamentos de nuestra legislación. Lamentablemente, además de los principios legales, existen también principios económicos y “leyes” que, aunque no sean aprobadas por ningún congreso, tienen tanto o más peso que cualquier ley de nuestro sistema legal. Leyes como la ley de mínimo esfuerzo, leyes de oferta y demanda y ley de maximización de los beneficios, conllevan a desigualdades y requieren de una solución que contemple, no sólo la diferencia en compensación, sino también la diferencia en oportunidad de empleo, oportunidad de educación y otros aspectos que serán tratados en artículos más adelante.

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